HISTORIA DE ESPAÑA EN DOCUMENTOS.

Estudio de la historia contemporánea de España a través de sus documentos.

jueves, 7 de enero de 2010

LA CONSTITUCIÓN DE 1837

Artículo 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes. (…)

Artículo 4. Unos mismos Códigos regirán en toda la Monarquía, y en ellos no se establecerá más que un solo fuero para todos los españoles ( …)

Artículo 5. Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos, según su mérito y capacidad. (…)

Artículo 7. No se puede ser detenido ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni alienada su casa, sino en los casos y forma que las leyes prescriban. (…)

Artículo 9. Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el tribunal competente. (…)

Artículo 11. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la Religión Católica. (…)

Artículo 12. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

Artículo 13. Las Cortes se componen de dos cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados. (…)

Artículo 45. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey. (…)

Artículo 63. A los tribunales y juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales. (…)


Constitución Española de 1837.


Este documento lo tendrán que analizar:
Antes del día: 22 de enero.

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1 Comments:

Anonymous Marta 2ºA said...

La constitución de 1937 fue realizada por J.M. Calatrava durante la regencia de Mª Cristina, mientras que su hija Isabel II no gobernaba, y tuvo como finalidad unificar las dos tendencias liberales (moderados y progresistas) que en aquella época se encontraban divididas. Se mantuvo en vigencia desde su promulgación hasta 1845, atendió más a la demanda de los liberales moderados, pero finalmente no consiguió su objetivo.

Los artículos que aparecen en el texto, algunos están basados en las libertades, otros en la unificación de España y en su confesionalidad y el resto referentes a la división de poderes.

En mi opinión, la constitución de 1937 se realizó para mejorar tanto las leyes que había establecido el Estatuto Real como la situación que había producido este mismo. En el texto aparecen gran variedad de libertades, que deberían de ser unas de las principales bases que fundamentan una sociedad. El estado se proclama confesional católico, este artículo resalta, sabiendo que gobierna un partido liberal ya que un partido de estar características quizás proclamaría la libertad de culto, acercándose más a sus ideales. Por el contrario, la división de poderes muestra el afianzamiento del liberalismo progresista y se refleja claramente el objetivo de unir a los moderados, al adjudicar gran poder a la Reina. Considero que esta constitución fue una correcta medida y además también la Desamortización de Mendizábal que se realizó más tarde, muestra el avance de la sociedad de la época, al gobernar un partido liberal al cual se tuvo que unir Mª Cristina para seguir en el poder y poder enfrentarse contra los Carlistas quienes, por el contrario, querían implantar el Antiguo Regimen.

12:16 a. m.  

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