HISTORIA DE ESPAÑA EN DOCUMENTOS.

Estudio de la historia contemporánea de España a través de sus documentos.

domingo, 10 de abril de 2011

NICETO ALCALÁ ZAMORA.

TESTIMONIO DE N. ALCALÁ ZAMORA DE COMO SE LE OBLIGÓ A DIMITIR TRAS EL EXITO DEL FRENTE POPULAR.

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"... A pesar de mi actitud, fui elegido presidente de la República, por unanimi­dad de los partidos, y casi de los diputados: 362sufragios y 15 adhesiones posteriores sobre 410 votantes. La iniciativa de mi candidatura había sido to­mada por el gobierno de izquierdas.

Llegaba a la Presidencia de la República sin ambiciones; algún tiempo más tarde, no conservaba ninguna ilusión.

El 7 de julio de 1934, uno de los días más terribles de mi vida, recibí noti­ficación directa y casi solemne de un hecho que me consternó por el temor previsible de sus terribles consecuencias. La izquierda republicana lo reclama­ba todo para ella sin admitir vivir en la oposición. Ella no podía esperar más; y había gobernado desde abril de 1931 a octubre de 1933!

El 7 de julio de 1934, la actitud de las izquierdas era muy inquietante: si gobernaban, lo ofrecían todo, pero si quedaban en la oposición, entonces ame­nazaban con todo. Y el fondo de las ofertas y las amenazas era el orden públi­co, la paz de España, la existencia del régimen. No podía someterme ante tal intimidación. Era además imposible –siendo tan reducida mi prerrogativa de disolución– disolver las Cortes, elegidas siete meses antes.

Adivinaba fácilmente todas las catástrofes que se aproximaban y, de acuerdo con el Jefe de Gobierno, entonces el Sr. Samper, hice lo mejor para evitar el peligro que se acercaba. Desgraciadamente, una torpe crisis, provocada por la impaciencia de las derechas, y que el régimen parlamentario a ultranza me obligaba a resolver según la voluntad de la Cámara, echó abajo el gabinete Samper. Entonces se produjo la rebelión en Cataluña, en Asturias, y en otros lugares.

Se comprende muy bien que con la ilusión perdida en cuanto al patriotis­mo y la sabiduría de los partidos desde el 7 de julio de 1934, yo vivía ahora contando los días de mi mandato como los de la cárcel, sólo pensaba en mi liberación.

El Frente Popular, que conocía muy bien mi estado de ánimo, que era prin­cipalmente obra suya, creyó fácil, en la primavera de 1936, arrancarme la di­misión que deseaban a toda costa; esta dimisión le evitaba revocarme por la violencia. Todos deseaban mi dimisión: los partidos marxistas, para imponer su revolución social; la izquierda republicana, para monopolizar las ventajas del gobierno; y M. Azaña, para subir a la presidencia, sin tener que exponerse a que una nueva oscilación electoral hacia la derecha –que estaba prevista como algo inevitable si esperábamos hasta diciembre de 1937, fecha del cese normal de mi mandato– aniquilara todas sus posibilidades.

Se inició una campaña vergonzosa, sin precedentes, para obligarme a di­mitir.

La exigencia de mi dimisión se planteó primeramente en la prensa guber­namental. De antemano se había exceptuado de censura, la más rigurosa que España había conocido, a un periódico cuyo propietario era líder socialista. Este periódico anunciaba escandalosamente el acuerdo de los partidos de la mayoría y del Gobierno para destituirme si no presentaba mi dimisión. Apro­veché el Consejo de Ministros para decirles que tal espectáculo, tan deshonro­so para los poderes públicos, tenía que terminar, y que era además absoluta­mente inútil, ya que estaba, aunque sin ambición ni ilusión, sin embargo re­suelto a no asumir las responsabilidades tan pesadas de los temibles desenla­ces de una caída anormal del primer mandato presidencial.

Pronto comenzó otro matiz, aún más escandaloso, de la campaña llevada por el gobierno contra el Jefe de Estado, que había puesto su confianza en manos de los ministros. La censura -tan intransigente, tan susceptible, que no permitía el menor ataque contra un acto o contra una palabra de los ministros, o de los gobernantes- recibió la orden de permitir y animar, en algún sector de la prensa gubernamental, las injurias, los insultos más indecentes, más licen­ciosos, contra el Presidente de la República. Le dije a los ministros que ese espectáculo era nocivo para ellos y para el régimen, pero que yo no me sentía afectado por unas armas tan despreciables: y que no dimitía.

El 15 de marzo, una llamada telefónica, que venía de los alrededores de Jaén, me advertía de que mi familia materna acababa de ser encarcelada, y que estaba amenazada de lo peor. Recurrí al Gobierno. No pudimos impedir que mis sobrinos, encarcelados por la exigencia de la muchedumbre, fuesen, al igual que otras personas muy respetables, todos conducidos por la fuerza pú­blica a Jaén, cruzando como propaganda anarquista otras tres ciudades impor­tantes. El 16 de marzo, el gobernador civil de Jaén liberó a las víctimas, pero aconsejándoles el exilio voluntario, no pudiendo él garantizarles sus derechos, incluyendo el derecho a la vida... Eran republicanos de antes del triunfo; se trataba de los nietos de un diputado de las Cortes constituyentes de la primera República. Se exiliaron voluntariamente, y yo no dimití.

El 7 de abril, los ministros depositarios de mi confianza, al no recibir mi dimisión, decidieron revocarme. Pero el acto de revocación era tan absurdo, incluso de una tal prevaricación, que quisieron hacer una última gestión, la más indigna, para arrancarme la dimisión.

Apenas empezada la sesión de la Cámara, ésta fue suspendida bajo el pre­texto de algunos detalles de forma. El Presidente de las Cortes, de acuerdo con el Presidente del Gobierno, M. Azaña, envió a mi casa un consejero de la Cáma­ra de Cuentas, como embajador muy extraordinario. Una vez que llegó, el men­sajero no pudo hablar; apretaba con fuerza su sombrero y sólo sabía balbu­cear:

-Es una misión vergonzosa, no deberla haberla aceptado, pero quizás esto sea lo conveniente para usted... Repetía eso una y otra vez, y entonces le invité a que me explicara aquella misión tan vergonzosa. Ésta constaba de tres puntos: 1°. Notificarme el acuerdo del Gobierno para revocarme con el voto de la Cámara; 2°. Aconsejarme la dimisión, que el enviado debía llevar a la Cáma­ra donde era esperada; 3°. Hacerme reflexionar sobre los peligros que yo y mi familia podíamos correr por parte de la muchedumbre excitada; y dueña de la calle. No hace falta decir que el Gobierno nos desamparaba, como lo había hecho el Gobernador de Jaén con mis sobrinos; en mi casa, nada de guardia militar. Es la amenaza más inconcebible en las relaciones e incluso en la lucha, entre los poderes de un Estado y de un régimen, que de esa forma se derrum­baban. La amenaza fue despreciada como lo merecía. Cuando el mensajero llegó al tercer punto, el más indigno, me levanté y dije:

–Pues bien, y dígale al Sr. Martínez Barrio que usted no lleva mi dimisión, ni un mensaje, ni una respuesta!

Unas horas más tarde, había sido revocado por la Cámara ...."


Confesiones de un demócrata. Artículos de L'ére Nouvelle (1936-1939). Niceto Alcalá-Zamora y Torres, Obra Completa. Año. 2000. Ed. Parlamento de Andalucía, Diputación de Córdoba, Cajasur y Patronato "Niceto Alcalá-Zamora y Torres".



REALIZA ESTE TRABAJO SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES PRECEDENTES.

PRESÉNTALO EL DÍA 27 DE ABRIL DE 2011 .

viernes, 25 de febrero de 2011

LA PRIMERA DICTADURA

«Al país y al Ejército»

ESPAÑOLES: Ha llegado para nosotros el momento más temido que esperado'(porque hubiéramos querido vivir siempre en la legalidad y que ella rigiera sin interrupción la vida española) de recoger las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos, amando la patria, no ven para ella otra solución que libertarla de,"los profesionales de la política, de los hombres que por una u otra razón nos ofrecen un cuadro de desdichas e inmoralidades que empezaron en el 98 y amenazan a España con un próximo fin trágico y deshonroso. La tupida red de la política de concupiscencias ha cogido en su malla, secuestrándola, hasta la voluntad real. Con frecuencia parecen pedir que gobiernen los que dicen no dejar gobernar, aludiendo a los que han sido su único, aunque débil freno, y llevaron a las leyes y costumbres de la época ética sana, el tenue tinte de la moral y la equidad que aún tienen; pero en la realidad se avienen fáciles y contentos al turno y al reparto y entre ellos mismos designan la sucesión.

Pues bien, ahora vamos a recabar todas las responsabilidades y a gobernar nosotros u hombres civiles que representen nuestra moral y doctrina. Basta ya de rebeldías mansas, que sin poner remedio a nada, dañan tanto y más a la disciplina que está recia y viril a la que nos lanzamos por España y por el rey.

Este movimiento es de hombres: el que no sienta la masculinidad completamente caracterizada, que espere en un rincón, sin perturbar los días buenos que para la patria preparamos. ESPAÑOLES: ¡VIVA ESPAÑA Y VIVA EL REY!

Diario de Barcelona, 13 de septiembre de 1923.

TRABAJO 4º
CURSO 2010- 2011
Este trabajo debe presentarse antes del día 14 de marzo de 2011.

Para su realización sigue las mismas pautas que se indican para el trabajo 3º
También puedes hacer comentarios directamente en el blog.


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domingo, 26 de diciembre de 2010

LA Iª REPÚBLICA.

Piden, hoy los jornaleros que se les reduzca las horas de trabajo. Quieren que se les fijen en ocho al día. No nos parecen exageradas sus pretensiones. No se trabaja más en buen número de industrias. Tampoco en las oficinas del Estado. Sobre que, según laboriosos estudios, no permite más el desgaste de fuerzas que el trabajo ocasiona. Mas ¿es el Estado el que ha de satisfacer estas pretensiones? En la individualista Inglaterra empezó por limitar el trabajo de los niños y las mujeres y acabó por limitar el de los adultos. Dio primero la ley de las diez horas, más tarde la de las nueve. No a tontas ni a locas, sino después de largos y borrascosos debates en la prensa y el Parlamento. Siguió en Francia el ejemplo apenas estalló la revolución de 1848. El trabajo es la vida de las naciones. No vemos por qué no ha de poder librarlo de los vicios interiores que lo debiliten o lo perturben el que lo escudó por sus aranceles contra la concurrencia de los extranjeros. ¿No es acaso de interés general que excesivos trabajos no agoten prematuramente las fuerzas del obrero? ¿No lo es evitar esas cada día más frecuentes y numerosas huelgas que paralizan la producción, cuando no dan margen a sangrientos conflictos? Ni acertamos a explicarnos por qué se ha de tener reparo en fijar las horas de trabajo para los adultos y no fijarlas para las mujeres y los niños. Se las fija para los niños y mujeres pasando por encima de la potestad del padre y la autoridad del marido; y ¿no se las ha de poder fijar para los adultos pasando por encima del bien o mal entendido interés del propietario? Dadas las condiciones industriales bajo las que vivimos, el adulto no necesita de menos protección que la mujer y el niño. Es en la lucha con el capital lo que la caña al ciclón, la arista al viento. El Estado, aun considerándose incompetente para la determinación de las horas de trabajo, podría hacer mucho en pro de los obreros con sólo establecer el máximun de las ocho horas en cuantos servicios y obras de él dependen. Tarde o temprano habrían de aceptar la reforma los dueños de minas, de campos, de talleres, de fábricas. Falta ahora decir que esta reforma exige otras no menos importantes. Si de las diez y seis horas de ocio no invirtiese algunas el jornalero en su educación y cultura, se degradaría y envilecería en vez de dignificarse y elevarse. Se entregaría fácilmente a vicios que desgastarían sus fuerzas con mayor intensidad y rapidez que el trabajo. Para impedirlo es necesario crear en todas partes escuelas de adultos, sobre todo, escuelas donde oral y experimentalmente se explique las ciencias de inmediata aplicación a las artes y los fenómenos de la Naturaleza que más contribuyen a mantener la superstición y el fanatismo; escuelas que podrían ya existir hoy si empleásemos en lo útil lo que gastamos en lo superfluo. La educación y la enseñanza de las clases trabajadoras deberían haber sido hace tiempo la preferente atención, no sólo del Estado, sino también de las Diputaciones de provincia y los Ayuntamientos. De esa educación y de esa enseñanza depende que sea regular o anómalo el curso de la revolución que ahora se inicia por la modesta solicitud de que se reduzca las horas de trabajo. Podrán venir días tristes para la Nación, como no nos apresuremos a llevar luz a la inteligencia de esos hombres y no les abramos los fáciles senderos por donde puedan llegar sin dolorosas catástrofes al logro de sus más lejanas aspiraciones y sus más recónditos deseos. ¿Nos creéis, entonces, se nos dirá, próximos a una revolución social de la que no es sino un proemio la pretensión de que se limite las horas de trabajo? Ciego ha de ser el que no lo vea. En todos los monumentos de la vecina Francia, inclusas las iglesias está esculpida en grandes caracteres la trinidad moderna, algo más inteligible que la de Platón y los teólogos: libertad, igualdad, fraternidad. Conseguida la libertad, empieza la revolución por la igualdad y hace sentir ya del uno al otro confín de Europa la alterada voz de sus muchedumbres y el rumor de sus armas. ¿Hará esta revolución pasar a los pueblos por las mismas convulsiones que la política?

Francisco Pi y Margall, 1873, Presidente de la República: Comunicado sobre la reducción de las horas de trabajo.


TRABAJO 3º
CURSO 2010- 2011
Este trabajo debe presentarse antes del día 28 de enero de 2011.

viernes, 26 de marzo de 2010

EL NACIONAL CATOLICISMO.

El alzamiento cívicomilitar fue en su origen un movimiento nacional de defensa de los principios fundamentales de toda sociedad civilizada; en su desarrollo, lo ha sido contra la anarquía coaligada con las fuerzas al servicio de un gobierno que no supo o no quiso titular aquellos principios.

Consecuencia de esta afirmación son las conclusiones siguientes:

Primera: Que la Iglesia, a pesar de su espíritu de paz, y de no haber querido la guerra ni haber colaborado en ella, no podía ser indiferente en la lucha: se lo impedía su doctrina y su espíritu el sentido de conservación y la experiencia de Rusia. De una parte se suprimía a Dios, cuya obra a de realizar la Iglesia en el mundo, y se causaba a la misma un daño inmenso, en personas, cosas y derechos, como tal vez no la haya sufrido institución alguna en la historia; de la otra, cualesquiera que fuesen los humanos defectos, estaba el esfuerzo por la conservación del viejo espíritu, español y cristiano.

Segunda: La Iglesia, con ello, no ha podido hacerse solidaria de conductas, tendencias o intenciones que, en el presente o en lo porvenir, pudiesen desnaturalizar la noble fisonomía del movimiento nacional, en su origen, manifestaciones y fines.

Tercera: Afirmamos que el levantamiento cívico-militar ha tenido en el fondo de la conciencia popular de un doble arraigo: el del sentido patriótico, que ha visto en él la única manera de levantar a España y evitar su ruina definitiva; y el sentido religioso, que lo consideró como la fuerza que debía reducir a la impotencia a los enemigos de Dios, y como la garantía de la continuidad de su fe y de la práctica de su religión.

Cuarta: Hoy, por hoy, no ha en España más esperanza para reconquistar la justicia y la paz y los bienes que de ellas deriva, que el triunfo del movimiento nacional. Tal vez hoy menos que en los comienzos de la guerra, porque el bando contrario, a pesar de todos los esfuerzos de sus hombres de gobierno, no ofrece garantías de estabilidad política y social.

Carta Colectiva del Episcopado español

al mundo entero con motivo de

la Guerra De España. 1937





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Trabajo 5 de carácter voluntario.

Este trabajo se debe presentar, por escrito, antes del día:

19 de abril.




viernes, 26 de febrero de 2010

LA REFORMA AGRARIA.

El cuarto trabajo es voluntario.
Consiste en realizar una composición sobre la Reforma Agraria llevada a cabo durante La República.
La composición tendrá el mismo esquema y los mismos criterios de puntuación que los que ya conoces para los exámenes tipo P.A.U.
Tendrá entre tres y cuatro folios de extensión (a mano) y se deberá presentar antes del quince de marzo.
Para realizar la composición tienes este documento.

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Ley de Bases para la Reforma Agraria de 1932

Los efectos de esta Ley se extienden a todo el territorio de la República. Su aplicación, en orden a los asentamientos de campesinos, tendrá lugar en los términos municipales de Andalucía, Extremadura, Ciudad Real, Toledo, Albacete y Salamanca. Las tierras del Estado y las que constituyeron antiguos señoríos, transmitidas desde su abolición hasta hoy por título lucrativo,
podrán ser objeto de asentamientos, sea cualquiera la provincia donde radiquen. La inclusión en posteriores etapas, a los fines de asentamiento, de las fincas situadas en términos municipales de las 35 provincias restantes, sólo podrá realizarse a propuesta del Gobierno. […]

La ejecución de esta Ley quedará encomendada al Instituto de Reforma Agraria, como órgano encargado detransformar la Constitución rural española. […]

El Instituto de Reforma Agraria promoverá la formación de organismos de crédito a fin de facilitar a los campesinos asentados el capital necesario para los gastos de explotación. […]

Serán susceptibles de explotación las tierras incluidas en los siguientes apartados:
1) Las ofrecidas voluntariamente por sus dueños siempre que su adquisición se considere de interés por el Instituto deReforma Agraria […]

5) Las que por las circunstancias de su adquisición, por no ser explotadas directamente por los adquirientes y por las condiciones personales de los mismos, deba presumirse que fueran compradas con fines de especulación o con el único objetode percibir su renta. […]

7) Las incultas o manifiestamente mal cultivadas en toda aquella porción que, por su fertilidad y favorable situación permita un cultivo permanente, con rendimiento económico superior al actual. […]

Quedarán excluidas de la adjudicación temporal y de la expropiación las siguientes fincas:
a) Los bienes comunales pertenecientes a los pueblos, las vías pecuarias […].
b) Los terrenos dedicados a explotaciones forestales. […]
d) Las fincas que por su ejemplar explotación o transformación puedan ser consideradas como tipo de buen cultivo técnico o económico. […]

domingo, 31 de enero de 2010

EL CONCORDATO DE 1851

Art.1: La Religión Católica, Apostólica, Romana, que, con exclusión de cualquier otro culto, continúa siendo la única de la nación española, se conservará siempre en los dominios de S.M. Católica, con todos los derechos y prerrogativas de que debe gozar según la Ley de Dios y lo dispuesto por los sagrados Cánones.
Art. 2º En su consecuencia, la instrucción en las Universidades, colegios, seminarios y escuelas públicas o privadas de cualquier clase será en todo conforme a la doctrina de la misma religión católica; y a este fin, no se pondrá impedimento alguno a los Obispos y demás prelados diocesanos encargados por su ministerio de velar sobre la pureza de la doctrina de la fe y de las costumbres y sobre la educación religiosa de la juventud en el ejercicio de este cargo, aun en las escuelas públicas.
Art. 3º Tampoco se pondrá impedimento alguno a dichos prelados ni a los demás
sagrados ministros en el ejercicio de sus funciones, ni los molestarán nada, bajo ningún pretexto, en cuanto se refiera a los deberes de su cargo; antes bien, cuidarán todas las autoridades del reino de guardarles y de que se les guarde respeto y consideración debidos, según los divinos preceptos, y de que no se haga cosa alguna que pueda causarles desdoro o menosprecio. S. M. y su real gobierno dispensarán asimismo en los casos que les pidan, principalmente cuando haya que oponerse a la malignidad de los hombres que intenten pervertir los ánimos de los fieles y corromper sus costumbres, o cuando hubiere de impedirse la publicación, introducción o circulación de libros malos o nocivos.
Art. 38. Los fondos con que ha de atenderse a la dotación del culto y del clero serán:
  • 1º El producto de los bienes devueltos al clero por la Ley de 3 abril de 1845.
  • 4º.Una imposición sobre las propiedades rústicas y urbanas, y riqueza pecuaria en la cuota que sea necesaria no para completar la dotación [...] Además, se devolverán a la Iglesia, desde luego, y sin demora, todos los bienes eclesiásticos no omprendidos en la expresada ley de 1845 y que todavía no hayan sido enajenados.

Art. 41. Además la Iglesia tendrá derecho a adquirir por cualquier título legítimo, y su propiedad y todo lo que posee ahora o adquiera en adelante será solemnemente
respetada.
Art. 42. A este supuesto, atendida la utilidad que ha de resultar a la religión de este convenio, el Santo Padre, a instancia de S.M. católica y para proveer a la tranquilidad pública, decreta y declara que los que durante las pasadas circunstancias hubiesen comprado en los dominios de España bienes eclesiásticos, al tenor de las disposiciones antes a la sazón vigentes, y estén en posesión de ellos, y los que hayan sucedido o sucedan en sus derechos a dichos compradores, no serán molestados en ningún tiempo ni manera por Su ,Santidad ni por los Sumos Pontífices sus sucesores, antes bien, asíellos como sus causahabientes, disfrutaran segura y pacíficamente la propiedad de dichos bienes y sus emolumentos y productos.
En Madrid a 16 de marzo de 1851.


Este documento lo tendrán que analizar:

Antes del día: 12 de febrero.


domingo, 24 de enero de 2010

El PARTIDO DEMÓCRATA

El Estado debe reconocer y garantizar a todos los ciudadanos como condiciones primarias y fundamentales de la vida política y social: la seguridad individual, la de manifestar, transmitir y propagar su pensamiento de palabra, por escrito o en otra forma; la reunión práctica para cualquier objeto lícito, sea o no político, la de asociación para todos los fines morales, científicos o industriales,; el derecho de petición, individual o colectivamente practicado; el derecho a la instrucción primaria gratuita; el derecho a una igual participación de todas las ventajas y derechos políticos; el derecho a un repartimiento equitativo y proporcional de las contribuciones y del servicio militar; del de optar a todo empleo o cargo público sin más condición o título que su mérito y la capacidad (…) el de ser juzgado o condenado por la conciencia pública (jurado). (…)

Partiendo de estos principios fundamentales:

  1. Reformaríamos la Constitución del Estado en Cortes Constituyentes, convocadas bajo las fases de elección directa, sufragio universal y un diputado por cada treinta mil almas (…)
  2. Armaríamos, desde luego, la Milicia Nacional, organizada de manera que sin ser un embarazo para el Gobierno, conservase las instituciones y el orden público (…)
  3. Declararíamos la imprenta libre, sin depósito ni fianza ni trabas fiscales.

Manifiesto fundacional del Partido Demócrata. 1849



Este documento lo tendrán que analizar:

Antes del día: 8 de febrero.


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